Órgano Interno de Control

Sean ustedes Bienvenidos a esta sección, donde podrán consultar información relacionada con el Órgano Interno de Control (OIC) en el Centro de Investigación Científica de Yucatán, A.C. (CICY, A.C.)

Hago propicia la ocasión para reforzar nuestro compromiso institucional de apoyar el funcionamiento del Centro y el desarrollo de esquemas que, como este, permiten una mayor comunicación y facilitan el conocer las inquietudes ciudadanas y atender sus peticiones.

Aquí encontrarán, información actualizada referente a nuestras funciones, la Política de Calidad del Órgano Interno de Control su estructura orgánica y resultados de auditorías, así como el directorio del personal. En espera de su participación en este proyecto, o bien de sus comentarios y sugerencias, ponemos a sus ordenes el correo electrónico: titular_oic@cicy.mx

Agradeciendo su colaboración.

A T E N T A M E N T E

Abog. José Luis Naranjo Bobadilla
Titular del Órgano Interno de Control en el Centro de Investigación Científica de Yucatán, A.C

Consulta nuestro aviso de Privacidad. Formato PDF. Actualizado, 16 de junio de 2022

Descarga el Formato de Primer Contacto para la Presentación de Denuncias de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual. Formato PDF. Actualizado, 6 de septiembre de 2022

Funciones

Las facultades del Titular del Órgano Interno de Control en el Centro de Investigación Científica de Yucatán, A.C., de conformidad al Artículo 98 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública (SFP), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de Julio de 2017, son las siguientes:

I. Recibir denuncias por hechos probablemente constitutivos de Faltas Administrativas a cargo de los Servidores Públicos o de los Particulares por conductas sancionables en términos de la Ley de Responsabilidades; investigar y calificar las Faltas Administrativas que detecte, así como llevar a cabo las acciones que procedan conforme a dicha Ley;

II. Substanciar el procedimiento de responsabilidad administrativa e imponer las sanciones respectivas, cuando se trate de Faltas Administrativas no Graves, así como remitir al Tribunal Federal de Justicia Administrativa los procedimientos de responsabilidad administrativa cuando se refieran a Faltas Administrativas Graves y por conductas de particulares sancionables conforme a la Ley de Responsabilidades, para su resolución en términos de dicha Ley;

III. Analizar y verificar aleatoriamente las declaraciones de situación patrimonial, de intereses y la constancia de presentación de declaración fiscal de los Servidores Públicos, y en caso de no existir anomalías, expedir la certificación correspondiente, o habiéndolas, iniciar la investigación que permita identificar la existencia de presuntas Faltas Administrativas;

IV. IV. Dar seguimiento a las observaciones determinadas en las auditorías o visitas de inspección que practiquen las unidades administrativas competentes de la Secretaría a las Dependencias, las Entidades, la Procuraduría y los Fideicomisos Públicos no Paraestatales, Mandatos y Contratos Análogos en los casos en que así se determine;

V. Conocer, investigar, sustanciar y resolver los procedimientos de sanción a proveedores, licitantes o contratistas;

VI. Atender y, en su caso, proporcionar la información y documentación que solicite la Coordinación General de Órganos de Vigilancia y Control y demás unidades administrativas competentes de la Secretaría, que permita dar cumplimiento a las políticas, planes, programas y acciones relacionadas con el Sistema Nacional Anticorrupción y el Sistema Nacional de Fiscalización;

VII. Emitir las resoluciones que procedan respecto de los recursos de revocación que interpongan los Servidores Públicos;

VIII. Emitir las resoluciones que correspondan respecto de los recursos de revisión que se interpongan en contra de las resoluciones emitidas por los titulares de las áreas de responsabilidades en los procedimientos de inconformidad, intervenciones de oficio y sanciones a licitantes, proveedores y contratistas previstos en las disposiciones jurídicas en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas y servicios relacionados con las mismas;

IX. Llevar los procedimientos de conciliación previstos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en los casos en que el Secretario así lo determine, sin perjuicio de que los mismos podrán ser atraídos mediante acuerdo del Subsecretario de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas;

X. Realizar la defensa jurídica de las resoluciones que emitan ante las diversas instancias jurisdiccionales, representando al Secretario, así como expedir las copias certificadas de los documentos que se encuentren en los archivos del Órgano Interno de Control;

XI. Coadyuvar al funcionamiento del sistema de control interno y la evaluación de la gestión gubernamental; vigilar el cumplimiento de las normas que en esas materias expida la Secretaría, y la política de control interno y la toma de decisiones relativas al cumplimiento de los objetivos y políticas institucionales, así como al óptimo desempeño de Servidores Públicos y órganos, a la modernización continua y desarrollo eficiente de la gestión administrativa y al correcto manejo de los recursos públicos;

XII. Verificar que se dé cumplimiento a las políticas que establezca el Comité Coordinador, así como los requerimientos de información que en su caso soliciten los Entes Públicos, en el marco del Sistema Nacional Anticorrupción;

XIII. Programar, ordenar y realizar auditorías, revisiones y visitas de inspección e informar de su resultado a la Secretaría, así como a los responsables de las unidades administrativas auditadas y a los titulares de las Dependencias, las Entidades y la Procuraduría, y apoyar, verificar y evaluar las acciones que promuevan la mejora de su gestión.

Las auditorías, revisiones y visitas de inspección a que se refiere esta fracción podrán realizarse por los propios titulares o por conducto de sus respectivas áreas de quejas, auditoría interna y auditoría, desarrollo y mejora de la gestión pública o bien, en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría u otras instancias externas de fiscalización;

XIV. Coordinar la formulación de los proyectos de programas y presupuesto del Órgano Interno de Control correspondiente y proponer las adecuaciones que requiera el correcto ejercicio del presupuesto;

XV. Presentar denuncias por los hechos que las leyes señalen como delitos ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción o, en su caso, ante la instancia local competente;

XVI. Requerir a las unidades administrativas de las Dependencias, las Entidades o la Procuraduría en las que se encuentren designados, la información necesaria para cumplir con sus atribuciones y brindar la asesoría que les requieran dichos entes públicos en el ámbito de sus competencias;

XVII. Atender y, en su caso, proporcionar la información que les sea requerida por la Dirección General de Transparencia, en términos de las disposiciones jurídicas en materia de acceso a la información y de datos personales que genere, obtenga, adquiera, transforme o conserve por cualquier causa;

XVIII. Llevar a cabo programas específicos tendientes a verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los Servidores Públicos de las Dependencias, las Entidades y la Procuraduría, conforme a los lineamientos emitidos por la Secretaría;

XIX. Implementar los mecanismos internos que prevengan actos u omisiones que pudieran constituir Faltas Administrativas, en los términos establecidos por el Sistema Nacional Anticorrupción;

XX. Revisar el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de recursos públicos federales, según corresponda en el ámbito de su competencia, y

XXI. Las demás que les confieran otras disposiciones jurídicas y aquellas funciones que les encomienden el Secretario y el Coordinador General de Órganos de Vigilancia y Control. Los titulares de las Unidades de Responsabilidades tendrán las facultades a que se refieren las fracciones II, VII, X, XII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX y XX de este artículo.
Los titulares de los Órganos Internos de Control y de las Unidades de Responsabilidades en el ejercicio de las facultades que se les confieren en este artículo, atenderán los objetivos, políticas y prioridades que dicte el Secretario a través de la Coordinación General de Órganos de Vigilancia y Control o, a través de los Subsecretarios. Los titulares de las Unidades de Responsabilidades atenderán también el régimen especial aplicable a las empresas productivas del Estado.

Responsable de la información: OIC
Fecha de última actualiazación: 31 de agosto de 2017

Marco Jurídico

Legislación

En esta sección podrás encontrar el marco jurídico del Gobierno, que es una amplia compilación de leyes, normas, reglamentos y otros documentos normativos que regulan las actividades de las dependencias, organismos e institutos que forman parte de la Administración Pública Federal, además de enlaces hacia otros sitios que, por su naturaleza o sus funciones, incluyen entre sus contenidos más información relativa a las leyes de México.

Organigrama

Estructura de Operación 

oic-estructura

POLÍTICA DE CALIDAD

Contribuir y asesorar al Centro de Investigación Científica de Yucatán para alcanzar la eficiencia en el cumplimiento de sus objetivos; realizar investigación científica, formar recursos humanos, divulgar conocimiento, desarrollar y transferir tecnología e impulsamos el desarrollo de la sociedad en armonía con el medio ambiente, aplicando el marco Jurídico que rige la Administración Pública Federal, mediante acciones preventivas como el fortalecimiento del Control Interno institucional , promover la cultura de la legalidad y el aprecio por la rendición de cuentas, el combate a la corrupción, gestión, mejora continua, la optimización de los procesos administrativos y sustantivos del Centro.

Servicios a la ciudadanía

Atención de Quejas y Denuncias

  • Forma de operación.

Se puede realizar en forma personal, escrita, telefónica, buzones en el interior del Centro de Investigación y por Internet en la siguiente dirección electrónica: https://webapp.cicy.mx/Quejas/Quejas.aspx

Población objetivo

Toda persona física y moral que lo solicite.

Resultados

  • Una ciudadanía más informada y servidores públicos más conscientes de sus obligaciones.
  • Proporcionar Asesoría en relación a la normatividad que regula el funcionamiento del CICY. Asesoría en relación con los trámites que se realicen en el Centro y la atención que se proporciona.
Responsable de la Información: Órgano Interno de Control
Fecha de última actualización: 22 de junio de 2018

CONTACTO

Abog. José Luis Naranjo Bobadilla

Titular del Órgano Interno de Control en el
Centro de Investigación Científica de Yucatán A.C.
Sector de Educación y Cultura
Coordinación General de Órganos de Vigilancia y Control
Secretaria de Función Publica
Tel. 01 999 9428330 Ext. 126 y 103.
titular_oic@cicy.mx

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